Es el conjunto de comunicaciones y documentos que se utilizan en los servicios del Estado y sus organismos auxiliares. Por competer a la Administración del Estado, deben ser mesurados en su contenido y claros en las materias que tratan.
En esta correspondencia existen fórmulas legales que se refieren al tratamiento especial que se la debe otorgar al funcionario a quien se dirige la comunicación.
La correspondencia oficial tiene una disposición reglamentada por la autoridad superior del país.
La redacción oficial se clasifica en tres grupos:
1. Comunicaciones oficiales
a) Oficio
b) Circular
c) Memorándum
d) Solicitud
2. Documentos oficiales
a) Certificado
b) Resolución
c) Decreto
3. Documentos notariales
a) Declaración jurada
b) Poder
c) Acta
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